sábado, 25 de febrero de 2012

Proyecto de Reglamento para Vigilantes.

Manual de Funciones y Procedimiento del personal de vigilancia.

La función de vigilancia, comprende la seguridad de las personas que viven en el Condominio, las edificaciones, las instalaciones y todos los bienes en general que se encuentren dentro del Condominio, incluido el perímetro del mismo.

EL VIGILANTE
El hombre de Seguridad, habiendo tomado la vigilancia como profesión y medio de ganarse la vida, debe considerar que no es simplemente un individuo que vistiendo un uniforme representativo se encuentra en un puesto u objetivo determinado observando y esperando el paso de las horas: el vigilante es mucho más, dadas las responsabilidades que conlleva su sola presencia en un lugar determinado; su permanente estado de alerta y su preparación, le permitirán actuar preventivamente, ya que de eso se trata básicamente la seguridad así mismo se compromete a cumplir con lo establecido en la presente.

El personal de Vigilancia tiene las siguientes funciones y procedimientos:

SOBRE EL SERVICIO DE VIGILANCIA.

1.Prestar personalmente el servicio con responsabilidad, eficiencia, capacidad y diligencia. En el lugar, horarios y forma que se le asigne, según las disposiciones reglamentarias emanadas del Comité del Condominio El BOSQUE en representación de los Propietarios.
2.Dar cumplimiento estricto a las órdenes impartidas por el Comité del Condominio con sujeción al presente manual.
3.Guardar el secreto y observar la máxima discreción para los asuntos relativos al Condominio y de las personas que la habitan.
4.Informar al Comité de inmediato todo acto o novedad que llegue a su conocimiento y que pueda causar un perjuicio o posible daño a algún integrante del Condominio.
5.Observar en sus funciones o fuera de ellas, una conducta que no afecte ni ofenda la moral y las buenas costumbres.
6.Mantener el orden en su puesto de trabajo.
7.Llevar consigo la credencial de identidad (fotocheck) que el Comité le haya entregado y devolverla cuando cese su relación de dependencia con el mismo, cualquiera que sea el motivo.
8.Mantener actualizado su domicilio real y datos de contacto en su legajo o currículum ante el Comité del Condominio a fin de estar plenamente identificado.
9.Hacerse presente en su puesto de trabajo, con antelación debida, a los efectos de imponerse de las novedades que haya en el servicio o recibir con relación al mismo, las instalaciones correspondientes de su predecesor o compañero de vigilancia.
10.Salvo causa debidamente justificada de fuerza mayor, no podrá abandonar su puesto de vigilancia, aun cuando no haya sido relevado a la finalización de su respectivo turno, en cuyo caso, y a los efectos de que se adopten al temperamento debido, hará saber esa circunstancia al Comité, quien resolverá y solucionará de inmediato esta contingencia.
11.Poner especial cuidado a los bienes que se someten a su custodia, manteniéndose siempre bien atento a los efectos de evitar robos, hurtos o daños.
12.Usar la totalidad de las prendas que comprendan el uniforme, manteniéndolo limpio y en buen estado de presentación.
13.Cuidar y mantener el buen estado de conservación y funcionamiento el arma que eventualmente se le confié, la cual en ningún caso ni circunstancia podrá retirarla del objetivo en que se halle prestando seguridad.
14.El vigilante no deberá consumir bebidas alcohólicas no sustancias controladas psicotrópicas durante el servicio, ni concurrir al mismo bajo efectos de haberlas ingerido.
15.Las anotaciones necesarias en los formatos o cuadernos que le sean entregados para cumplir con su labor, deberán ser entregados en la forma y circunstancias que el Comité establezca.
16.Cuando el vigilante, por razones debidamente justificadas, tenga la necesidad de faltar a sus tareas habituales, deberá solicitar, el respectivo permiso con 48 horas de anticipación. Se exceptúa de lo precedente, los casos de enfermedad de familiares a cargo que ocurran inesperadamente, respecto a los cuales efectuara por si o por medio de un tercero, la pertinente comunicación al Condominio, análogamente en caso de fallecimiento de algún familiar.
17.El vigilante es responsable ante el Comité, de los daños que eventualmente causare a los intereses de este, por dolo o culpa en el ejercicio de sus funciones.
18.El vigilante no tomara parte en los conflictos que se susciten entre miembros del Condominio, manteniéndose al margen de cualquier echo limitándose su acción, de darse el caso, al apaciguamiento o colaboración para calmar los ánimos.
19.El vigilante se compromete en la prestación de horas suplementarias en circunstancias extraordinarias de:
•Siniestros, de cualquier índole
•Accidentes ocurridos o inminentes de fuerza mayor
•Atentados contra bienes físicos o personas
•Exigencias excepcionales del Comité de conformidad con la apreciación que se efectué sobre la base de la colaboración y solidaridad que en todo momento debe existir respecto a los fines perseguidos por el servicio, estos excedentes de horas extras trabajadas se abonaran con los recargas que dispongan las normas vigentes.

DE LA IDENTIFICACIÓN Y/O CONTROL DE LAS PERSONAS
Se deberá identificar vía DNI a las personas que ingresan al Condominio, siendo necesario anotar en el CUADERNO DE INGRESOS, la novedad.

•Visitantes: Tratándose de todas aquellas personas que no pertenecen al Condominio, y que concurren por vez primera, o asiduamente, a entrevistarse con propietarios o inquilinos reconocidos por razones laborables, comerciales, personales u otras.
•Clientes.-Proveedores-Cobradores: Tales como las denominaciones lo indican, se trata de personas que concurren con un propósito determinado específicamente, y con la intención de concurrir a una casa determinada del Condominio, y para la cual podrán ingresar únicamente previa autorización del propietario o inquilino reconocido, correspondiente.
•Hasta tener pleno conocimiento de los habitantes del Condominio, el vigilante está obligado a registrar todo ingresante al Condominio, que no logre identificar.

DEL CONTROL DE VEHÍCULOS
Se podrá tener en cuenta, para su clasificación, cuatro categorías, a saber:

•Vehículos de propietarios y familiares que residen en el Condominio.
•Vehículos de inquilinos reconocidos.
•Vehículos transportadores de mercancías, carga y/o pasajeros ajenos al Condominio.
•Vehículos de visitantes en general.

Excepto los vehículos de los propietarios, familiares o inquilinos reconocidos que viven en el Condominio, todo vehículo será registrado, verificándolo tanto al ingresar como al salir y anotando la novedad respectiva en el CUADERNO DE CONTROL VEHICULAR. No debe ingresar ningún vehículo del que no se tenga certeza en su destino y expresión de causa. Los vehículos de los propietarios, familiares o inquilinos reconocidos serán anotados en el cuaderno susodicho, sólo si es observable alguna novedad que sea precautorio registrar.

DE LOS FORMATOS DE REGISTRO.
Los cuadernos de anotaciones son elementos auxiliares y complementarios al servicio de vigilancia. En general todos los cuadernos de anotaciones deberán estar disponibles para su revisión por parte del Comité o a quienes éste designe. Los cuadernos NO se pueden mostrar a cualquier persona sin autorización expresa del Comité. Asimismo, deberá informarse cuando se estén por agotar las hojas a fin de contar con el reemplazo oportunamente.

CUADERNO DE SERVICIO
Este cuaderno se encontrará rubricado y foliado y es de propósito general, en él deberá anotarse lo siguiente:
1.Hora de ingreso del vigilante.
2.Nombre y apellido del vigilante.
3.Conformidad (o no) de los elementos recibidos (Ej.: botiquín, llaves, silbato, cuadernos de anotaciones, tablillas, linternas, armamento y municiones si lo hubiesen, etc.)
4.Anotación de las órdenes que se impartan con anterioridad a la toma del servicio.
5.Novedades de importancia ocurridas durante el horario de trabajo, en forma clara y precisa, sin omitir detalles o dato alguno. Estas anotaciones son adicionales a las que se hayan hecho en el CUADERNO DE INGRESOS y el CUADERNO DE CONTROL VEHICULAR.
6.Anotar sobre objetos y/o valores hallados o que le hayan sido entregados.
7.Entregar el CUADERNO DE SERVICIO al relevo con las explicaciones necesarias que hubiere lugar al finalizar el turno.

Este cuaderno permitirá tener la información y registro de hechos importantes y estar a disposición del Comité o quien éste designe, no importando el turno en los que se registraron y para el histórico correspondiente.

CUADERNO DE INGRESOS.
Este cuaderno se encontrará rubricado y foliado y es exclusivo para el registro de ingreso/salida de personas al Condominio de acuerdo al acápite; De La Identificación y/o Control de Personas arriba descritos. Deberá anotarse lo siguiente:
1.N° de DNI, Nombre-Apellido, hora de ingreso, destino-motivo y hora de salida.
2.Asimismo este cuaderno consignará cualquier observación que hubiere lugar con el ingreso/salida de las personas.

CUADERNO DE CONTROL VEHICULAR
Este cuaderno se encontrará rubricado y foliado y es exclusivo para el registro del ingreso/salida vehicular al Condominio de acuerdo al acápite; De Control de Vehículos arriba descritos. Deberá anotarse lo siguiente:
1.N° de DNI del chofer, N° de placa, hora de ingreso, destino-motivo, carga, hora de salida.
2.Asimismo este cuaderno consignará cualquier observación que hubiere lugar con el ingreso/salida de los vehículos.

DE LA RONDA
La Ronda es el recorrido que realiza el vigilante dentro del perímetro del Condominio con el propósito de prevenir ilícitos o siniestros y/o detectarlos para actuar en conformidad. Al hacerlo el vigilante deberá poner su atención en la tarea, puesto que su ronda sistematizada podría dar lugar a ser sorprendido por delincuentes, o pasar por alto, por ejemplo, un inicio de incendio.El propósito principal de este sistema es la de prevención, reiterando que es el pilar básico fundamental de la Seguridad, ya que una vez ocurridos los hechos, poder revertirlos será difícilmente posible.

•La Ronda se realizará en los lapsos en que el Vigilante prevea que la puerta principal está asegurada y no espera movimiento por un período de tiempo suficiente. Este ocurrirá mayormente en el turno noche.
•En el turno de día, dado la atención frecuente que requiere la puerta principal del Condominio, la ronda se dará sólo en caso que le sea ordenado expresamente o que alguna novedad en el interior así lo amerite.

SOBRE LAS SANCIONES
Las sanciones no tienen como espíritu la separación o despido del personal, sino servir de medio inhibidor o corrector para lograr el adecuado desempeño del vigilante en el cumplimiento de un trabajo responsable.
En caso de incumplimiento injustificado de las funciones y procedimientos establecidos en el presente manual, se prevé las sanciones siguientes, según la gravedad:
1.Amonestación verbal.
2.Amonestación escrita con cargo respectivo, el cual puede ser acumulativo.
3.En caso de acumulación de dos (2) amonestaciones escritas, Descuento de 1 día de trabajo.
4.Despido, esta sanción máxima, será ejecutada por el Comité y puede ser el resultado de acumulación de sanciones previas o puede tomarse directamente dependiendo de la gravedad de la falta cometida por el vigilante. Esta sanción requiere el acuerdo de por lo menos dos miembros del Comité, siendo necesariamente uno de ellos, el Presidente.

Este Manual de Funciones y Procedimientos del personal de vigilancia, está sujeta a revisión y aprobación por el Comité, antes de entrar en vigencia.

jueves, 16 de febrero de 2012

Condominio EL BOSQUE

Saludos a todos los Propietarios.

Muy pronto este Blog de comunicación permitirá un mejor desempeño del Comité de la Junta Directiva.

Gracias.